Las armas de fuego incautadas por
cuerpos policiales y organismos de investigación deben ser inutilizadas y
entregadas para su destrucción total antes de 90 días. Así lo establece el Decreto
Presidencial N° 9.194, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.027 del viernes 12
de octubre de 2012, que circula este lunes.
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