La Sala Constitucional en ponencia de la magistrada Carmen Zuleta De Merchán, declaró inadmisible la acción de amparo presentada por la defensa de María Lourdes Afiuni Mora, contra las presuntas omisiones de pronunciamiento atribuidas a la Sala Plena en el expediente N° 129-10 y a la Sala de Casación Penal en el expediente N° 340-10, ambas Salas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
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